Ley 25.761

Artículo 11Inspecciones policiales

Texto oficial

Facúltase a las autoridades policiales y a las fuerzas de seguridad para que por intermedio de las divisiones correspondientes, realicen las inspecciones de la documentación pertinente de todas las personas físicas o jurídicas cuya actividad principal, secundaria o accesoria, sea el desarmado de automotores y/o la comercialización y/o almacenamiento de repuestos usados para automotores, con la metodología y formalidades que disponga la reglamentación de la presente ley.

Qué significa en la práctica

Faculta a la policía y a las fuerzas de seguridad, a través de sus divisiones especializadas, a inspeccionar la documentación de desarmaderos y comercios de repuestos usados. La reglamentación define con qué metodología y formalidades se hacen esas inspecciones.

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