Ley 25.829

Artículo 5Convenio con el INTA y aprovechamiento del Pro Huerta

Texto oficial

El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, y el Consejo Federal de Cultura y Educación, establecerán mediante convenio con el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), la provisión de información adecuada a los fines específicos de este programa, en base a la experiencia acumulada por el precitado Instituto en su programa PRO HUERTA.

Qué significa en la práctica

Manda a celebrar un convenio con el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria para que aporte información técnica basada en la experiencia acumulada en su programa Pro Huerta, que desde los años noventa promueve huertas familiares, escolares y comunitarias. Es reutilizar estatal existente en vez de crear una estructura nueva.

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