Ley 25.917

Artículo 16Cálculo de recursos

Texto oficial

El cálculo de recursos de un ejercicio deberá basarse en la ejecución presupuestaria del ejercicio previo o en la metodología que se considere técnicamente más conveniente y tendrá que considerar las modificaciones de política tributaria impulsadas o previstas ejecutar en el ejercicio fiscal y detallar las variables y factores que se tienen en cuenta para su previsión.

Qué significa en la práctica

El cálculo de recursos de un ejercicio debe basarse en la ejecución del ejercicio previo o en una metodología técnicamente fundada, para evitar sobreestimaciones.

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