Resumen ejecutivo
La Ley del Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID) creó en 1998 el Fondo Nacional de Incentivo Docente y lo financió con un impuesto anual sobre automotores, motovehículos y embarcaciones. Los propios Estados —nación, provincias, municipios y la Ciudad de Buenos Aires— eran contribuyentes por sus flotas oficiales y acumularon deudas que nunca cancelaron: el resultado era que el Estado se reclamaba tributos a sí mismo, con intereses y multas que solo movían asientos contables. Esta ley corta el nudo: da por remitidas esas deudas, con intereses y sanciones incluidos. La remisión no alcanza a las empresas y sociedades del Estado listadas en el Art. 1 — Ley 22.016 (Empresas del Estado y Tributos), que tributan como cualquier privado.Objetivo
Extinguir las deudas del impuesto del Fondo Nacional de Incentivo Docente que los distintos niveles del Estado mantenían pendientes, con sus intereses y sanciones.Problema que resuelve
Los Estados nacional, provinciales y municipales acumulaban deudas incobrables por un impuesto que ellos mismos debían pagar al Tesoro nacional, generando litigios y registros de deuda sin efecto recaudatorio real.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes