Ley 25.964

Artículo 12Destino de lo recaudado

Texto oficial

Destino de lo recaudado. La recaudación de la tasa establecida por la presente ley ingresará a la Tesorería General de la Nación, dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda.

Qué significa en la práctica

Lo recaudado por la tasa no queda en el Tribunal Fiscal ni se afecta a un fondo propio: ingresa a la Tesorería General de la Nación, es decir, a rentas generales. El Tribunal se financia por presupuesto, no por lo que cobra a los litigantes.

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