Sustitúyese el texto del artículo 38 por el siguiente:
Artículo 38: Créase la COMISION NACIONAL ASESORA DE INDICACIONES GEOGRAFICAS Y DENOMINACIONES DE ORIGEN DE PRODUCTOS AGRICOLAS Y ALIMENTARIOS, que funcionará como cuerpo consultivo permanente y no vinculado dentro de la estructura orgánica de la .
Qué significa en la práctica
Crea la Comisión Nacional Asesora de Indicaciones Geográficas y Denominaciones de Origen de Productos Agrícolas y Alimentarios, dentro de la estructura de la . Funciona como cuerpo consultivo permanente y no vinculante: su opinión orienta pero no obliga.