Ley 26.060

Artículo 8Duración del Fondo

Texto oficial

El Fondo se constituirá por un término de diez (10) años, a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente ley. (Nota Infoleg: por Art. 1 — Ley 26.933 B.O. 30/5/2014, se extiende la constitución del Fondo establecido en el presente artículo, por un término de diez (10) años a partir de la fecha de entrada en vigencia de la ley de referencia)

Qué significa en la práctica

El Fondo se constituye por diez años a partir de la entrada en vigencia de la ley. La Ley 26.933 (2014) extendió luego esa constitución por otros diez años.
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