Ley 26.063

Artículo 12Impugnación de las actas de infracción

Texto oficial

La impugnación que realicen los obligados contra las actas de infracción que determinen las multas a que se refieren los artículos 9º y 10, tramitarán por el procedimiento previsto en el Art. 11 — Ley 18.820 y Art. 11 — Ley 21.864, modificada por la Ley 23.659 y, en su caso, el artículo 39 bis del Decreto-Ley 1285 de fecha 4 de febrero de 1958, modificado por la Ley de Solidaridad Previsional.

Qué significa en la práctica

La impugnación de las actas de infracción que determinan estas multas tramita por el procedimiento del Art. 11 — Ley 18.820 y del Art. 11 — Ley 21.864 (modificada por la Ley 23.659) y, en su caso, del art. 39 bis del Decreto-Ley 1285/58 (modificado por la Ley de Solidaridad Previsional).

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