Artículo 12Cargo específico para el gas licuado de petróleo
Texto oficial
Para el caso del gas licuado de petróleo, facúltase al Poder Ejecutivo nacional por resolución fundada de la de la Ley del GLP (garrafas), a fijar el cargo específico sobre las tarifas de gas natural, destinado a complementar el fondo fiduciario creado en la ley antes citada, para lo cual se tomará en cuenta la programación financiera en función de los compromisos asumidos.
Qué significa en la práctica
Para el GLP, faculta al Poder Ejecutivo ( de la Ley del GLP (garrafas)) a fijar un cargo sobre la tarifa de gas natural para complementar el fondo fiduciario del GLP.