Ley 26.119

Artículo 5Texto ordenado de la reglamentación

Texto oficial

El Poder Ejecutivo nacional dictará un texto ordenado de las normas reglamentarias de la Ley de Lavado de Activos (crea la UIF) y modificatorias en el plazo de treinta (30) días de promulgada la presente.

Qué significa en la práctica

Ordena al Poder Ejecutivo nacional dictar, dentro de los treinta días de promulgada la ley, un texto ordenado de las normas reglamentarias de la Ley de Lavado de Activos (crea la UIF) y sus modificatorias, para dar claridad y unidad al marco regulatorio.

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