El Poder Ejecutivo nacional dictará un texto ordenado de las normas reglamentarias de la Ley de Lavado de Activos (crea la UIF) y modificatorias en el plazo de treinta (30) días de promulgada la presente.
Qué significa en la práctica
Ordena al Poder Ejecutivo nacional dictar, dentro de los treinta días de promulgada la ley, un texto ordenado de las normas reglamentarias de la Ley de Lavado de Activos (crea la UIF) y sus modificatorias, para dar claridad y unidad al marco regulatorio.