Las Cámaras se pronuncian mediante sendas resoluciones. El rechazo o aprobación de los decretos deberá ser expreso conforme lo establecido en el Art. 82 — Constitución Nacional.
Cada Cámara comunicará a la otra su pronunciamiento de forma inmediata.
Qué significa en la práctica
Las Cámaras se pronuncian mediante sendas resoluciones; el rechazo o la aprobación deben ser expresos (art. 82 de la Constitución) y cada Cámara comunica a la otra su decisión de inmediato.