Resumen ejecutivo
La Ley de cupo de vivienda para personas con discapacidad reforma el Sistema Federal de la Vivienda (Ley del FONAVI) para garantizar el acceso a la vivienda de las personas con discapacidad. Reescribe el inciso e) del artículo 12 disponiendo que el Consejo Nacional de la Vivienda establezca un cupo preferente del 5% en cada plan de adjudicación o mejoramiento de viviendas que se ejecute con el FONAVI, reservado a personas con discapacidad o a familias en las que al menos un integrante lo sea. Fija los requisitos para acceder al cupo: acreditar la discapacidad permanente conforme al Art. 3 — Ley de Protección Integral de las Personas con Discapacidad, acreditar el vínculo de parentesco y la convivencia cuando el solicitante no es la persona con discapacidad, y no poseer otro inmueble. La escritura de la vivienda adjudicada por este cupo debe constituir un usufructo vitalicio a favor de la persona con discapacidad, bajo pena de . El cupo del 5% puede aumentarse pero no reducirse si hay solicitantes que cumplen los requisitos. También modifica el artículo 16 para que el cupo se aplique de forma automática y para sancionar con caducidad de la adjudicación el falseamiento de información. Fue promulgada de hecho, sin decreto, por lo que no hubo veto.Objetivo
Garantizar que las personas con discapacidad y sus familias tengan acceso prioritario a la vivienda social financiada con el FONAVI, mediante un cupo mínimo obligatorio.Problema que resuelve
Las personas con discapacidad enfrentaban barreras adicionales para acceder a la vivienda social y el régimen del FONAVI no preveía ninguna prioridad para ellas.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes