La Agencia Nacional de Discapacidad establece, en articulación con el Consejo Federal de Discapacidad, los lineamientos de la certificación de la discapacidad y sus características teniendo en cuenta las condiciones físicas, mentales, intelectuales, sensoriales y las condiciones sociales de la persona, conforme la concepción multidimensional y dinámica de la discapacidad dispuesta por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y las disposiciones de las leyes 27.269 y 27.711.
El certificado que se expide se denomina Certificado Único de Discapacidad (CUD) y acredita plenamente la discapacidad en todo el territorio nacional en los supuestos en que sea necesario invocarla. La Agencia Nacional de Discapacidad debe implementar acciones expeditivas para facilitar el otorgamiento y actualización del Certificado Único de Discapacidad (CUD) en todo el territorio nacional.
(Artículo sustituido por Art. 11 — Ley de Emergencia en Discapacidad B.O. 22/9/2025.)
Qué significa en la práctica
Crea el Certificado Único de Discapacidad (CUD), que acredita la discapacidad en todo el país y da acceso a los derechos y beneficios de la ley. Lo regula la Agencia Nacional de Discapacidad.