Artículo 19Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal: cronograma
Texto oficial
Aquellas jurisdicciones partícipes del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal creado por la Ley de Responsabilidad Fiscal que tuvieran pendientes adecuaciones necesarias para la inclusión de la totalidad de los organismos o fondos existentes que no consoliden en el Presupuesto General, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3º de la citada ley, deberán presentar ante el CONSEJO FEDERAL DE RESPONSABILIDAD FISCAL, durante el ejercicio 2007, un cronograma de actividades que contemple la finalización de dicho proceso de inclusión.
Qué significa en la práctica
Obliga a las jurisdicciones adheridas al Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal (Ley de Responsabilidad Fiscal) que tengan pendiente incluir organismos o fondos a presentar en 2007 un cronograma para completar esa inclusión.