Ley 26.221

Artículo 114Administración

Texto oficial

ADMINISTRACIÓN La Concesionaria tendrá a su cargo la administración y el adecuado mantenimiento de los bienes afectados al que reciba o sean adquiridos por ella para ser incorporados al , de acuerdo con lo establecido en este Marco Regulatorio y en el de Concesión.

Qué significa en la práctica

La Concesionaria administra y mantiene adecuadamente los bienes afectados al servicio que reciba o adquiera.

Normas relacionadas

← Ver en Ley de Agua Potable y Desagües Cloacales (ERAS) completaLeyes