Ley 26.221

Artículo 120Estándares de emisión

Texto oficial

DE LA CONCESIONARIA La infraestructura física, las instalaciones y la operación de los equipos y máquinas relacionadas con el que fueren utilizados por la Concesionaria, responderán a los estándares de emisión de contaminantes vigentes y a los que se establezcan en el futuro. En caso de ser necesario el reemplazo de tales instalaciones, se deberá considerar en el Plan de Acción de la Concesionaria junto con su incidencia económica.

Qué significa en la práctica

La infraestructura, instalaciones y equipos de la Concesionaria deben cumplir los estándares de emisión de contaminantes vigentes y futuros; su reemplazo se contempla en el Plan de Acción.

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