Ley 26.221

Artículo 37Comisión Asesora de la APLA

Texto oficial

COMISIÓN ASESORA La Agencia de Planificación (APLA) contará con una Comisión Asesora, integrada por UN (1) representante de cada uno los municipios comprendidos en la del Área Regulada, UN (1) representante del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, UN (1) representante del de Agua y Saneamiento (ERAS), UN (1) representante de la Concesionaria y UN (1) representante de la Provincia de Buenos Aires, la que funcionará conforme a lo dispuesto en el presente Marco Regulatorio y en las normas que contemple su Reglamento Interno de Funcionamiento. La Comisión Asesora actuará conforme a las siguientes disposiciones: a) Los integrantes de la Comisión Asesora actuarán con carácter 'ad honorem'. b) Sus miembros serán elegidos conforme al modo que dispongan las jurisdicciones o los organismos a los que representan. c) Los miembros de la Comisión Asesora tendrán las mismas inhabilidades e incompatibilidades que los miembros del Directorio. d) Los integrantes de la Comisión Asesora se vincularán con la Agencia de Planificación (APLA) a través de la Gerencia General de la misma. e) La Comisión Asesora deberá sesionar como mínimo UNA (1) vez por mes y analizará los temas que considere de su incumbencia vinculados a la proyección de obras de expansión. f) La Comisión Asesora podrá emitir dictámenes o despachos no vinculantes fijando su opinión, los que deberán tener tratamiento obligatorio por parte del Directorio. g) Los costos del funcionamiento logísticos y administrativos de la Comisión Asesora estarán a cargo de la Agencia de Planificación (APLA), quien fijará anualmente su presupuesto. h) La Comisión Asesora establecerá su propio Reglamento Interno de Funcionamiento, debiendo someter el mismo a consideración del Directorio de la Agencia de Planificación (APLA), el cual deberá expedirse en un plazo de TREINTA (30) días corridos contado desde su presentación.

Qué significa en la práctica

La APLA cuenta con una Comisión Asesora integrada por representantes de los municipios, la Ciudad de Buenos Aires, el ERAS, la Concesionaria y la Provincia, ad honorem, que sesiona mensualmente y emite dictámenes no vinculantes de tratamiento obligatorio por el Directorio.

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