Ley 26.369

Artículo 2Tratamiento obligatorio ante resultado positivo

Texto oficial

Si el resultado de la detección fuere positivo, se establece la obligatoriedad del tratamiento correspondiente con la modalidad y tiempo previsto por la ciencia médica, a fin del control de la bacteria de referencia.

Qué significa en la práctica

Si el examen da positivo, establece la obligatoriedad del tratamiento correspondiente (habitualmente profilaxis antibiótica durante el trabajo de parto), con la modalidad y el tiempo que indique la ciencia médica, para controlar la bacteria y evitar el contagio al recién nacido.

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