Ley 26.455

Artículo 3Prórroga del adicional de emergencia sobre cigarrillos (Ley 24.625)

Texto oficial

Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2009, inclusive, la vigencia del Impuesto Adicional de Emergencia sobre el Precio Final de Venta de Cigarrillos, establecido por la Ley 24.625 y sus modificaciones. TITULO IV Otras disposiciones

Qué significa en la práctica

Prorroga hasta el 31 de diciembre de 2009 inclusive la vigencia del Impuesto Adicional de Emergencia sobre el Precio Final de Venta de Cigarrillos establecido por la Ley 24.625 y sus modificaciones.

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