Artículo 2Excepciones por razones técnicas, funcionales u operativas
Texto oficial
Facúltase al Poder Ejecutivo nacional, a establecer excepciones por razones técnicas, funcionales y operativas, sobre los productos objeto de la medida, a través de los mecanismos y metodología que establezca a tal efecto.
Qué significa en la práctica
Faculta al Poder Ejecutivo nacional a establecer excepciones a la prohibición por razones técnicas, funcionales y operativas, mediante los mecanismos y la metodología que él mismo defina. Es la válvula de escape para los usos donde no hay reemplazo adecuado: la ley reconoce que una prohibición absoluta podría dejar sin solución a aplicaciones específicas.