Ley 26.529

Artículo 13Historia clínica informatizada

Texto oficial

El contenido de la historia clínica puede confeccionarse en soporte magnético siempre que se arbitren todos los medios que aseguren la preservación de su integridad, autenticidad, inalterabilidad, perdurabilidad y recuperabilidad de los datos contenidos en la misma en tiempo y forma. A tal fin, debe adoptarse el uso de accesos restringidos con claves de identificación, medios no reescribibles de almacenamiento, control de modificación de campos o cualquier otra técnica idónea para asegurar su integridad.

Qué significa en la práctica

La historia clínica puede ser digital, siempre que se garantice que no se pueda alterar ni perder: con claves de acceso, almacenamiento seguro y control de cambios.
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