Ley 26.571

Artículo 25Asignación de colores en la Boleta Única

Texto oficial

Hasta setenta y cinco (75) días antes de las elecciones primarias las agrupaciones políticas podrán solicitar al juzgado federal con electoral que corresponda la asignación de colores a utilizar en las elecciones primarias y la elección general por parte de las agrupaciones políticas en la Boleta Única de Papel. Aquellas agrupaciones que no hayan solicitado color les será asignado el color blanco. En el caso de las agrupaciones nacionales, el juzgado federal con electoral de la Capital Federal asignará los colores que serán utilizados por todas las agrupaciones de distrito de cada agrupación nacional, comunicándolo a los juzgados electorales de distrito para que esos colores no sean asignados a otras agrupaciones. la Ley de Boleta Única de Papel B.O. 18/10/2024. Vigencia: a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.)

Qué significa en la práctica

Hasta 75 días antes de las primarias, las agrupaciones pueden pedir la asignación de los colores que usarán en la Boleta Única; a las que no lo pidan se les asigna el blanco.

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