Ley 26.657

Artículo 40Funciones del Órgano de Revisión

Texto oficial

Son funciones del Organo de Revisión: a) Requerir información a las instituciones públicas y privadas; b) Supervisar condiciones de internación por razones de salud mental; c) Evaluar que las internaciones involuntarias estén justificadas y no se prolonguen más de lo necesario; d) Controlar que las derivaciones cumplan los requisitos del art. 30; e) Informar periódicamente a la ; f) Requerir la intervención judicial ante irregularidades; g) Hacer presentaciones ante el Consejo de la Magistratura por irregularidades judiciales; h) Realizar recomendaciones a la ; i) Proponer modificaciones legislativas en salud mental; j) Promover órganos de revisión provinciales; k) Controlar el cumplimiento de la ley; l) Velar por los derechos en procesos de inhabilitación.

Qué significa en la práctica

12 funciones del OR: supervisar internaciones, evaluar su justificación, controlar condiciones, requerir información, pedir intervención judicial, proponer modificaciones legislativas, velar por derechos en procesos de inhabilitación.

Efectos prácticos

  • El OR puede apelar decisiones judiciales sobre internaciones
  • Puede denunciar a jueces ante el Consejo de la Magistratura
  • Controla los procesos de declaración de inhabilidad
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