Resumen ejecutivo
Ley corta —tres artículos— con un efecto grande: mantuvo con vida el financiamiento de la Ley Ovina. La Ley Ovina había obligado al Poder Ejecutivo a poner en el Presupuesto un aporte anual al Fondo para la Recuperación de la Actividad Ovina (FRAO), pero solo durante diez años contados desde su publicación en 2001: ese plazo se agotaba en 2011 y con él la única fuente estable de fondos del régimen. La Ley 26.680 prorrogó esa por diez años más a partir del 5 de abril de 2011 y, a la vez, corrigió lo que la inflación había licuado: el piso anual pasó de veinte a ochenta millones de pesos. No tocó ninguna otra pieza del régimen —beneficiarios, trámite, beneficios y sanciones siguieron rigiéndose por la 25.422—. Hoy no queda nada en pie de esta ley: la prórroga venció el 5 de abril de 2021, el Art. 11 — Ley 27.646 reescribió el artículo 16 de la 25.422 fijando un nuevo plazo de diez años y un piso de ochocientos cincuenta millones, y el Art. 10 — Ley 408/2025 abrogó directamente la ley base.Objetivo
Prorrogar por diez años el aporte presupuestario obligatorio al FRAO y actualizar su monto mínimo anual.Problema que resuelve
El Art. 16 — Ley Ovina obligaba al Tesoro a financiar el FRAO solo por diez años desde 2001. Al vencer ese plazo en 2011 el régimen ovino quedaba sin financiamiento asegurado, y el piso de veinte millones de pesos fijado una década antes ya no representaba lo mismo tras la salida de la convertibilidad.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes