Ley 26.774

Artículo 6Reforma de la Ley 26.215 de Financiamiento de los Partidos Políticos

Texto oficial

Modifícanse los Art. 18 — Ley 26.215, que quedarán redactados de la siguiente manera: Artículo 18: Administración financiera. El partido deberá nombrar un (1) tesorero titular y uno (1) suplente, o sus equivalentes de acuerdo a su carta orgánica, mayores de edad, con domicilio en el distrito correspondiente, debiendo ambos ser afiliados. Las designaciones con los respectivos datos de identidad y profesión deberán ser comunicados al juez federal con electoral correspondiente y a la Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Interior y Transporte. Artículo 27: Responsables. En forma previa al inicio de la campaña electoral, las agrupaciones políticas, que presenten candidaturas a cargos públicos electivos deben designar dos (2) responsables económico-financieros, que cumplan los requisitos previstos en el artículo 18 de la Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos, 26.215, quienes serán solidariamente responsables con el tesorero, por el cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas aplicables. Las designaciones deberán ser comunicadas al juez federal con electoral correspondiente, y al Ministerio del Interior y Transporte.

Qué significa en la práctica

Sustituye dos artículos de la Ley 26.215. El artículo 18 (Administración financiera) exige que el partido nombre un tesorero titular y uno suplente —o sus equivalentes según la carta orgánica—, mayores de edad, con domicilio en el distrito correspondiente y afiliados al partido, y que comunique las designaciones con datos de identidad y profesión al juez federal con electoral y a la Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Interior y Transporte. El artículo 27 (Responsables) obliga a las agrupaciones que presentan candidaturas a designar, antes del inicio de la campaña, dos responsables económico-financieros que cumplan los requisitos del artículo 18, solidariamente responsables con el tesorero por el cumplimiento de las normas legales, reglamentarias y técnicas. Este artículo no tiene que ver con la edad para votar: es un ajuste al régimen de financiamiento que la ley aprovechó para introducir.

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