Recursos. El Fondo de Financiamiento estará integrado con los siguientes recursos:
a) Las multas por incomparecencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la presente ley;
b) Las sumas provenientes del cobro de los aranceles de homologación;
c) Las multas que se impongan al proveedor o prestador por incumplimiento de los acuerdos celebrados en el COPREC, de conformidad con lo establecido por el Art. 46 — Ley de Defensa del Consumidor y sus modificatorias, según el porcentaje que disponga la reglamentación;
d) Los aportes, provenientes de las partidas presupuestarias, que realicen el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
e) Las donaciones, legados y toda otra disposición a título gratuito en beneficio del servicio;
f) Las sumas asignadas en las partidas del presupuesto nacional;
g) Toda otra suma que en el futuro se destine al presente Fondo.
Qué significa en la práctica
Enumera los recursos del Fondo: las multas por incomparecencia, asignaciones presupuestarias y otros.