— Tribunales Nacionales de Juicio.
Los Tribunales Nacionales de Juicio tendrán en el distrito
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y cumplirán las funciones
previstas en el Art. 54 — Código Procesal Penal Federal. (Denominación del Código sustituida por Art. 63 — Ley 27.482 B.O. 7/1/2019)
Qué significa en la práctica
Los Tribunales Nacionales de Juicio tienen en la Ciudad de Buenos Aires y cumplen las funciones de juicio del Art. 54 — Código Procesal Penal Federal: llevan adelante el debate oral y dictan en las causas de la justicia nacional penal ordinaria.