Ley 27.263

Artículo 12Cálculo del Contenido Nacional

Texto oficial

— El Contenido Nacional (CN) de los bienes incluidos en el artículo 4º deberá ser calculado según lo establecido en los siguientes incisos: a) La fórmula de cálculo utilizada será la que se especifica a continuación: El valor de las autopartes nacionales adquiridas será el valor ex fábrica de las autopartes, netos del impuesto al valor agregado (IVA), gastos financieros, y de descuentos y bonificaciones, que surja de los respectivos comprobantes de facturación autorizados por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). El valor de las autopartes nacionales producidas in house será el valor que surja del costo industrial, conforme a los criterios que determine la para su cálculo. b) Los beneficiarios productores de los bienes correspondientes a los incisos a), b), c), d), e) y f) que acrediten fehacientemente el desarrollo de proveedores locales independientes y su internacionalización, demostrando que los productos de origen nacional que éstos le proveen se comercializan en volúmenes significativos hacia terceros países, para cada plataforma productiva, podrán solicitar un incremento de hasta cinco puntos porcentuales (5 p.p.) sobre el CN que surja del inciso anterior, a partir de los CMN establecidos. La deberá aprobar dicha solicitud y reglamentará los alcances y las escalas correspondientes en función del cociente entre las ventas al mercado interno del proveedor correspondiente y las realizadas a terceros países. Asimismo, los productores de los bienes correspondientes a los incisos g), h) e i) del artículo 4°, podrán solicitar el mismo beneficio establecido en el punto anterior cuando los citados bienes se comercialicen en volúmenes significativos hacia terceros países y formen parte de un proceso de internacionalización de las empresas autopartistas. La deberá aprobar dicha solicitud y reglamentará los alcances y las escalas correspondientes en función del cociente entre las ventas al mercado interno y las realizadas a terceros países.

Qué significa en la práctica

Define cómo se calcula el contenido nacional: el valor de las autopartes nacionales adquiridas es el valor ex fábrica neto (según comprobantes de la AFIP) y el de las producidas in house surge del costo industrial. Permite a las terminales y autopartistas sumar hasta 5 puntos porcentuales adicionales al CN cuando desarrollan e internacionalizan proveedores locales que exportan volúmenes significativos.

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