— El Contenido Nacional (CN) de los bienes incluidos en el
artículo 4º deberá ser calculado según lo establecido en los siguientes
incisos:
a) La fórmula de cálculo utilizada será la que se especifica a continuación:
El valor de las autopartes nacionales adquiridas será el valor ex
fábrica de las autopartes, netos del impuesto al valor agregado (IVA),
gastos financieros, y de descuentos y bonificaciones, que surja de los
respectivos comprobantes de facturación autorizados por la
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
El valor de las autopartes nacionales producidas in house será el valor
que surja del costo industrial, conforme a los criterios que determine
la para su cálculo.
b) Los beneficiarios productores de los bienes correspondientes a los
incisos a), b), c), d), e) y f) que acrediten fehacientemente el
desarrollo de proveedores locales independientes y su
internacionalización, demostrando que los productos de origen nacional
que éstos le proveen se comercializan en volúmenes significativos hacia
terceros países, para cada plataforma productiva, podrán solicitar un
incremento de hasta cinco puntos porcentuales (5 p.p.) sobre el CN que
surja del inciso anterior, a partir de los CMN establecidos. La
deberá aprobar dicha solicitud y reglamentará
los alcances y las escalas correspondientes en función del cociente
entre las ventas al mercado interno del proveedor correspondiente y las
realizadas a terceros países.
Asimismo, los productores de los bienes correspondientes a los incisos
g), h) e i) del artículo 4°, podrán solicitar el mismo beneficio
establecido en el punto anterior cuando los citados bienes se
comercialicen en volúmenes significativos hacia terceros países y
formen parte de un proceso de internacionalización de las empresas
autopartistas.
La deberá aprobar dicha solicitud y
reglamentará los alcances y las escalas correspondientes en función del
cociente entre las ventas al mercado interno y las realizadas a
terceros países.
Qué significa en la práctica
Define cómo se calcula el contenido nacional: el valor de las autopartes nacionales adquiridas es el valor ex fábrica neto (según comprobantes de la AFIP) y el de las producidas in house surge del costo industrial. Permite a las terminales y autopartistas sumar hasta 5 puntos porcentuales adicionales al CN cuando desarrollan e internacionalizan proveedores locales que exportan volúmenes significativos.