Ley 27.275

Artículo 17Resolución del reclamo

Texto oficial

Dentro de los treinta (30) días hábiles contados desde la recepción del reclamo por incumplimiento, la Agencia de Acceso a la Información Pública deberá decidir: a) Rechazar fundadamente el reclamo; o b) Intimar al sujeto obligado que haya denegado la información requerida a cumplir con las obligaciones que le impone esta ley. Si la resolución fuera a favor del solicitante, el sujeto obligado deberá entregar la información en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles desde recibida la intimación.

Qué significa en la práctica

La Agencia resuelve en 30 días hábiles. Si falla a favor del solicitante, intima al organismo a entregar la info en 10 días hábiles. La resolución se publica en la página de la Agencia.

Efectos prácticos

  • Si la Agencia falla a favor del solicitante, el organismo tiene 10 días hábiles para entregar la info
  • Las resoluciones son públicas
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