Ley 27.328

Artículo 32Tope presupuestario

Texto oficial

Para el ejercicio 2017 se establece un tope del cinco por ciento (5%) del Presupuesto General de la Nación que se podrá utilizar para proyectos de participación público-privada, debiendo para los años subsiguientes indicar con precisión en el proyecto de presupuesto las partidas presupuestarias destinadas a estos proyectos.

Qué significa en la práctica

Para el ejercicio 2017 se fijó un tope del 5% del Presupuesto General de la Nación para proyectos PPP, debiendo en los años siguientes indicarse con precisión las partidas destinadas a estos proyectos.

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