Ley 27.430

Artículo 28Reforma del art. 41 de Ganancias

Texto oficial

Sustitúyese el inciso b) del Art. 41 — Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, por el siguiente: “b) Cualquier especie de contraprestación que se reciba por la constitución a favor de terceros de derechos de usufructo, uso, habitación, anticresis, superficie u otros derechos reales.”

Qué significa en la práctica

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