Ley 27.431

Artículo 102Aporte a la AIF: decimoséptima reposición

Texto oficial

Apruébese el aumento de aporte de la República Argentina a la Asociación Internacional de Fomento (AIF) en el marco del “Aumento de recursos: decimoséptima reposición”, por un monto de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SIETE MILLONES (U$S 7.000.000), cuyo pago quedará sujeto a las exigencias del Organismo. A fin de hacer frente a los pagos emergentes del presente artículo, autorízase al Banco Central de la República Argentina, a efectuar en nombre y por cuenta de la República Argentina los aportes establecidos con los correspondientes fondos de contrapartida, que serán aportados por el Tesoro Nacional.

Qué significa en la práctica

Aprueba el aumento del aporte argentino a la Asociación Internacional de Fomento (el brazo del Banco Mundial que presta a países de bajos ingresos) por U$S 7.000.000 en el marco de la decimoséptima reposición de recursos, sujeto a las exigencias del organismo. Autoriza al Banco Central a efectuar el aporte en nombre y por cuenta de la República, con fondos de contrapartida que aporta el Tesoro Nacional.

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