Artículo 8Informe final: plazo, prórroga y contenido
Texto oficial
La Comisión Bicameral Investigadora concluirá su tarea
con un (1) Informe Final que deberá ser producido en un plazo no mayor
a un año a partir de su conformación. En caso de ser necesario, y por
decisión de la mayoría de sus miembros, su funcionamiento podrá
prorrogarse hasta un plazo que no podrá exceder el año. Tanto los
informes parciales como el informe final serán obligatoriamente
públicos.
El informe final deberá contener, como mínimo, opinión fundada sobre los siguientes asuntos:
1. Determinación de las posibles causas que provocaron la desaparición de la nave.
2. Desempeño de los mandos de la Armada Argentina.
3. Desempeño de las autoridades del Ministerio de Defensa.
4. Análisis de las acciones que se sugiere fueron adoptadas por el comando de la unidad submarina.
5. Condiciones de mantenimiento de la nave previo a la autorización de
la misión, detallando la existencia de averías o fallas técnicas.
6. Detalle de la misión encomendada al submarino y el desarrollo de la
misma, incluyendo el informe pormenorizado de las comunicaciones,
durante la travesía.
7. Listado completo de la tripulación a bordo y el detalle de las funciones que cumplía cada tripulante.
8. Análisis de las condiciones de adiestramiento de la tripulación del submarino.
9. Análisis de las medidas adoptadas en relación a los familiares.
10. Evaluación de la aplicación de los procedimientos y protocolos del
Convenio Internacional sobre Búsqueda y Salvamento Marítimos (Convenio
SAR).
Qué significa en la práctica
La comisión concluye su tarea con un Informe Final que debe producirse en un plazo no mayor a un año desde su conformación, prorrogable por la mayoría de sus miembros por hasta un año más. Los informes parciales y el final son obligatoriamente públicos. El informe final debe contener, como mínimo, opinión fundada sobre las posibles causas de la desaparición, el desempeño de los mandos de la Armada y del Ministerio de Defensa, las condiciones de mantenimiento de la nave, el detalle de la misión y las comunicaciones, la tripulación y su adiestramiento, las medidas hacia los familiares y la evaluación del Convenio Internacional sobre Búsqueda y Salvamento Marítimos (Convenio SAR).