Deróguense las leyes 22.262, 25.156 y los Art. 65 — Sistema de Resolución de Conflictos de Consumo (COPREC). Elimínense las referencias a la Ley de Defensa de la Competencia dispuestas bajo los Art. 45 — Sistema de Resolución de Conflictos de Consumo (COPREC). No obstante ello, la de dichas normas subsistirá, con todas las facultades y atribuciones, incluso las sancionatorias, que la presente ley otorga a la Autoridad Nacional de la , y continuará tramitando las causas y trámites que estuvieren abiertos a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley hasta la constitución y puesta en funcionamiento de la Autoridad Nacional de la . Constituida y puesta en funcionamiento la Autoridad Nacional de la , las causas continuarán su trámite ante ésta.
Qué significa en la práctica
Deroga las leyes 22.262 y 25.156 y los articulos 65 al 69 del Codigo Penal.