Ley 27.449

Artículo 17Acuerdo por intercambio de escritos

Texto oficial

Además de lo dispuesto en el artículo 16, se entenderá que el acuerdo de es escrito cuando esté consignado en un intercambio de escritos de y contestación en los que la existencia de un acuerdo sea afirmada por una parte sin ser negada por la otra.

Qué significa en la práctica

El acuerdo se considera escrito cuando su existencia es afirmada por una parte en la o contestación y no es negada por la otra.

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