Ley 27.491

Artículo 4Financiamiento e insumos

Texto oficial

El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se debe imputar a las partidas del presupuesto general de la administración pública correspondiente al área de quien ejerza como , las que deben garantizar la adquisición de los insumos que se requieren para su cumplimiento acorde a lo establecido en la presente ley. Entiéndase por insumos a los biológicos, jeringas, agujas, descartadores y el carnet unificado de vacunación -CUV-.

Qué significa en la práctica

El gasto de la ley se imputa al presupuesto del área que sea , que debe garantizar la compra de los insumos necesarios. Aclara qué son insumos: los biológicos (las vacunas), jeringas, agujas, descartadores y el carnet unificado de vacunación (CUV).

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