Resumen ejecutivo
La Ley 27.508 creó el «Fondo de Asistencia Directa a Víctimas de Trata - Ley de Trata de Personas», un público administrado por Nación Fideicomisos S.A. y financiado con los fondos líquidos decomisados y el producido de la venta de bienes decomisados en causas de trata, explotación de personas y lavado vinculado. Su objeto era asistir directamente a las víctimas y cubrir las reparaciones cuando los bienes decomisados en la causa no alcanzaran. La ley también reformó la Ley de Trata de Personas (sustituyó su art. 27 e incorporó el art. 28, que obliga a los jueces a ordenar restituciones económicas a la víctima) y la Ley de Lavado de Activos (crea la UIF) (art. 27, sobre financiamiento de la UIF). Los artículos 1 y 2, que creaban el Fondo y definían sus partes, fueron DEROGADOS por el art. 8° del Decreto 1048/2024 (B.O. 26/11/2024), dentro de la reorganización y eliminación de fondos fiduciarios del Estado; las modificaciones introducidas a las Leyes 26.364 y 25.246 continúan vigentes.Objetivo
Dotar de financiamiento propio y estable a la asistencia directa a las víctimas de trata, usando los bienes decomisados a los tratantes.Problema que resuelve
La Ley de Trata de Personas preveía asistir y reparar a las víctimas con los bienes decomisados, pero no existía un mecanismo estable que concentrara esos recursos y los canalizara con prioridad a las víctimas.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes