Son funciones del presidente de la Junta de Seguridad en el Transporte:
a) Ejercer la representación y dirección de la junta y actuar en juicio
en su nombre y representación como parte actora y/o demandada. Puede
absolver posiciones en juicio y prestar declaración testimonial por
cuestiones relacionadas a sus funciones por escrito, no estando
obligado a comparecer personalmente.
b) Ejercer el gobierno y la administración de la junta suscribiendo a
tal fin los actos administrativos pertinentes, y nombrar, contratar
expertos nacionales o extranjeros, remover, sancionar y dirigir el
personal.
c) Convocar y presidir las reuniones de la junta.
(Texto Original restituido por art. 1° del Decreto N° 627/2025 B.O. 03/09/2025. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial)
Directores de investigación
Qué significa en la práctica
El presidente representa y dirige la Junta, actúa en juicio en su nombre, ejerce el gobierno y la administración (nombra, contrata y remueve personal) y convoca y preside las reuniones del cuerpo.