Ley 27.514

Artículo 9Funciones del presidente

Texto oficial

Son funciones del presidente de la Junta de Seguridad en el Transporte: a) Ejercer la representación y dirección de la junta y actuar en juicio en su nombre y representación como parte actora y/o demandada. Puede absolver posiciones en juicio y prestar declaración testimonial por cuestiones relacionadas a sus funciones por escrito, no estando obligado a comparecer personalmente. b) Ejercer el gobierno y la administración de la junta suscribiendo a tal fin los actos administrativos pertinentes, y nombrar, contratar expertos nacionales o extranjeros, remover, sancionar y dirigir el personal. c) Convocar y presidir las reuniones de la junta. (Texto Original restituido por art. 1° del Decreto N° 627/2025 B.O. 03/09/2025. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial) Directores de investigación

Qué significa en la práctica

El presidente representa y dirige la Junta, actúa en juicio en su nombre, ejerce el gobierno y la administración (nombra, contrata y remueve personal) y convoca y preside las reuniones del cuerpo.

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