Ley 27.557

Artículo 1Demarca el límite exterior de la plataforma continental argentina

Texto oficial

Incorpórase como segundo párrafo del Art. 6 — Ley de Espacios Maritimos sobre Espacios Marítimos, el siguiente: Demárcase el límite exterior de la Plataforma Continental Argentina continental e insular, de acuerdo con los puntos de coordenadas geográficas consignados en el ANEXO III de la presente.

Qué significa en la práctica

Incorpora un segundo párrafo al Art. 6 — Ley de Espacios Maritimos de Espacios Marítimos que demarca el límite exterior de la Plataforma Continental Argentina, continental e insular, según los puntos de coordenadas geográficas que la propia ley agrega en su ANEXO III. Es la fijación legal por dónde pasa el borde exterior de la plataforma continental del país.

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