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Ley 27.561

VigenteNacional

Modificación del Presupuesto de la Administración Nacional para 2020

Sanción:13 de agosto de 2020BO:25 de agosto de 2020Ver fuente oficial
26artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Ley 27.561 modificó el Presupuesto de la Administración Nacional vigente para 2020 —que era el de 2019 (Ley 27.467 (Presupuesto 2019)) prorrogado por el Decreto 4/2020— para afrontar la pandemia de COVID-19. Reasignó y amplió partidas por decenas de miles de millones de pesos: creó el Fondo COVID de Compensación al Transporte Público del interior ($10.500 millones), dio continuidad al Programa para la Emergencia Financiera Provincial ($50.000 millones), creó el Programa de Emergencia de Infraestructura Municipal de la Provincia de Buenos Aires (PREIMBA, $5.000 millones), amplió el límite para pagar deudas previsionales de la ANSES ($6.000 millones) y transfirió $11.088 millones al PAMI para medicamentos oncológicos. También autorizó operaciones de crédito público, incorporó cláusulas permanentes a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto (entre ellas el régimen de derecho privado de Aerolíneas Argentinas y Austral) y dispuso que el Estado nacional asuma deudas por avales de importación de gas (ENARSA/IEASA). Al promulgarla, el Decreto 696/2020 observó parcialmente algunos textos.

Objetivo

Adecuar el presupuesto nacional de 2020 para atender los gastos extraordinarios de la emergencia sanitaria y una serie de emergencias provinciales, previsionales y de infraestructura.

Problema que resuelve

El presupuesto vigente en 2020 era el de 2019 prorrogado y no contemplaba los gastos extraordinarios de la pandemia ni las emergencias provinciales, previsionales y de infraestructura que surgieron ese año.

A quiénes alcanza

provincias y municipiosempresas de transporte públicojubilados y pensionados (PAMI)distribuidoras de energía eléctricauniversidades nacionales
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Jefe de Gabinete debe distribuir los créditos por decisión administrativa dentro de los límites de la Administración Financiera.
  • El Estado nacional toma a su cargo la deuda de los avales de gas de ENARSA/IEASA.
  • El Ministerio de Educación transfiere a las universidades nacionales según la proporción de la planilla del Art. 12 — Ley 27.467 (Presupuesto 2019).

Derechos que reconoce

  • Las provincias y municipios adheridos pueden recibir fondos del Fondo COVID de Compensación al Transporte y del Programa para la Emergencia Financiera Provincial.
  • Las distribuidoras eléctricas sin deuda en el Mercado Eléctrico Mayorista (o con plan de pago) pueden acceder al crédito equivalente a tres facturas medias mensuales.

Casos de uso

  • Un municipio del interior que necesita sostener el boleto del transporte público durante la pandemia.
  • Una universidad nacional que debe conocer la proporción de su transferencia presupuestaria.
  • Un afiliado al PAMI cuyo tratamiento oncológico se financia con la transferencia dispuesta por la ley.

Preguntas frecuentes

Modificó el presupuesto de la administración nacional vigente para 2020 (el de 2019 prorrogado) para atender la pandemia de COVID-19: reasignó y amplió partidas y creó fondos y programas de emergencia.