Resumen ejecutivo
Fija el gasto del Estado nacional para 2019 en $4.172.312.239.441, estima recursos por $3.572.026.538.833 y reconoce un déficit financiero de $600.285.700.608 que se cubre principalmente con endeudamiento. Pero su interés excede el ejercicio: además de autorizar el gasto, esta ley cambió reglas de fondo que siguieron rigiendo después de 2019. Incorporó la exportación de servicios al Código Aduanero (arts. 78 a 80) y puso un tope legal a las retenciones —30% general y 12% para lo que no tributaba al 2/9/2018— con vencimiento el 31/12/2020 (art. 81). Reformó la Ley de IVA para eximir las suscripciones de ediciones periodísticas digitales (art. 90) y escalonar la alícuota de la publicidad según facturación (art. 92), y creó una exención de IVA para vivienda social de hasta 140.000 UVA con cupo de 60.000 unidades (arts. 96 a 99). Modificó el régimen de Participación Público-Privada (arts. 61 a 65), fijando el tope del 7% del PBI y creando el PPP cuyas obligaciones no se computan como deuda pública. Su artículo 127 incorporó 19 de sus artículos a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto, Complementaria Permanente de Presupuesto: por esa vía dejaron de ser anuales y quedaron permanentes.Objetivo
Aprobar el presupuesto de gastos y recursos de la Administración Nacional para el ejercicio 2019 y autorizar el endeudamiento y las contrataciones plurianuales necesarias para ejecutarlo.Problema que resuelve
La Constitución exige que el Congreso fije anualmente el presupuesto de gastos y recursos de la Nación (art. 75 inc. 8). Sin esa ley, el Poder Ejecutivo no tiene autorización para gastar ni para endeudarse, y cada asignación quedaría librada a la decisión administrativa sin control legislativo.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes