Artículo 15Entidades invitadas al Consejo Consultivo
Texto oficial
Invítase a participar en el Consejo Consultivo a
representantes de las siguientes entidades: organizaciones de segundo
grado representativas de pueblos indígenas; organizaciones gremiales
docentes de la educación pública, privada y técnica con reconocimiento
nacional; representantes del sector estudiantil y juvenil;
representantes del sector científico nacional y de las distintas
jurisdicciones; representantes de las universidades nacionales;
representantes de universidades privadas; representantes de
guardaparques del sector público (nacional y provincial);
representantes de guardaparques del sector privado; representantes de
las organizaciones de recicladores y recicladoras; y representantes de
organizaciones de la sociedad civil con probado interés en la educación
ambiental. La convocatoria de los y las participantes del Consejo
Consultivo serán definidas en el seno de la Coordinación Ejecutiva de
la Estrategia Nacional de Educación Ambiental Integral (CENEAI), con la
participación de sus miembros.
Podrán integrarlo representantes de la Comisión de Educación,
representantes de la Comisión de Recursos Naturales y Conservación del
Ambiente Humano de la Cámara de Diputados de la Nación, representantes
de la Comisión de Educación y Cultura y representantes de la Comisión
de Ambiente y Desarrollo Sustentable del Senado de la Nación.
Qué significa en la práctica
Invita a integrar el Consejo Consultivo a organizaciones de pueblos indígenas, gremios docentes, sector estudiantil y juvenil, sector científico, universidades públicas y privadas, guardaparques públicos y privados, organizaciones de recicladores y OSC con interés ambiental. También podrán participar representantes de las comisiones parlamentarias de Educación, Recursos Naturales y Ambiente del Congreso.