Artículo 19Actualización de convenios de provincias ya adheridas
Texto oficial
Las Provincias que al momento de la publicación de la
presente norma se encuentren adheridas al Régimen, deberán actualizar
los Convenios firmados con la .
Qué significa en la práctica
Disposición propia de esta ley: las provincias que ya estaban adheridas al Régimen al publicarse la norma deben actualizar los convenios firmados con la para adecuarlos al nuevo texto.