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Ley de Emergencia en Discapacidad
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Art. 21
Ley 27.793
Artículo 21
Reglamentación
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Texto oficial
Reglamentación. La presente ley deberá ser reglamentada dentro de los treinta (30) días de su sanción.
Qué significa en la práctica
La ley debe reglamentarse dentro de los 30 días de su sanción.
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