Artículo 18Multas por DDJJ informativas (precios de transferencia)
Texto oficial
Sustitúyense en el tercer párrafo del artículo sin número incorporado a continuación del Art. 38 — Ley 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, las expresiones “pesos diez mil ($10.000)” por “pesos once millones ($11.000.000)” y “pesos veinte mil ($20.000)” por “pesos veintidós millones ($22.000.000)”.
Qué significa en la práctica
Actualiza a $11 millones / $22 millones las multas por no presentar la información de precios de transferencia.