Todo adquirente de un "certificado de depósito" o tenedor de un "warrant" tendrá derecho a examinar los efectos depositados y detallados en dichos documentos, pudiendo retirar muestras de los mismos, si se prestan a ello por su naturaleza, en la proporción y forma que determine el .
Qué significa en la práctica
El adquirente del certificado o el tenedor del warrant puede examinar los efectos depositados.