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Decreto 467/2026

VigenteDecretoNacional

Decreto 467/2026 — Modificación de los Decretos 222/2003 y 588/2003 (designación de magistrados)

Sanción:12 de junio de 2026Promulgación:12 de junio de 2026BO:16 de junio de 2026Ver fuente oficial
13artículos
Designación de jueces de la Corte SupremaProcedimiento de preselecciónParticipación ciudadanaMinisterio Público
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

El Decreto 467/2026 (reforma del procedimiento de designación de jueces) reformó en junio de 2026 el procedimiento de designación de magistrados: modificó los Decretos 222/2003 (Corte Suprema) y 588/2003 (jueces inferiores, fiscales y defensores). Eliminó las observaciones e impugnaciones ciudadanas, la pauta de diversidad de género, especialidad y procedencia regional, y la publicación en diarios; reemplazó la AFIP por ARCA y reordenó el circuito de elevación al Senado.

Objetivo

Agilizar y simplificar el procedimiento de preselección y designación de jueces de la Corte, fiscales y defensores, reduciendo las etapas de control previo a cargo del Poder Ejecutivo.

Problema que resuelve

El Gobierno buscó acelerar la cobertura de vacantes en la justicia, que atribuye a la demora del procedimiento anterior; a cambio, suprimió instancias de participación y control ciudadano.

A quiénes alcanza

Candidatos a la Corte Suprema, fiscales y defensores públicosLa ciudadanía y las organizaciones de la sociedad civilEl Poder Ejecutivo NacionalEl Ministerio de JusticiaEl Senado de la Nación
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Publicar los candidatos a la Corte en el Boletín Oficial y la web del Ministerio de Justicia (sin diarios)
  • Exigir a los candidatos y ternados declaraciones juradas dentro de los 5 días
  • Solicitar a ARCA un informe sobre obligaciones impositivas y previsionales

Derechos que reconoce

  • El decreto suprime la instancia de observaciones e impugnaciones ciudadanas que preveían los Decretos 222/2003 y 588/2003

Casos de uso

Preguntas frecuentes

Modifica los Decretos 222/2003 y 588/2003: elimina las observaciones e impugnaciones ciudadanas, la pauta de diversidad de género, especialidad y procedencia regional, y la publicación en diarios; reemplaza la AFIP por ARCA; y reordena el circuito de elevación al Senado para designar jueces de la Corte, fiscales y defensores.