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Decreto 652/2025

VigenteDecretoNacional

Veto total al proyecto de ley de distribución automática de los ATN a las provincias (Ley 27.794)

Promulgación:11 de septiembre de 2025BO:12 de septiembre de 2025Ver fuente oficial
3artículos
FederalismoVetoCoparticipación federalAportes del Tesoro NacionalFinanzas públicas
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

El Veto a la distribución automática de los ATN veta totalmente el proyecto de Ley vetada de los ATN automáticos, sancionado el 20 de agosto de 2025, que incorporaba un artículo a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto para que los recursos del Fondo de Aportes del Tesoro Nacional (ATN) —creado por el Art. 3 — Coparticipacion Federal de Impuestos de Coparticipación— se redistribuyeran entre las provincias en forma diaria y automática, con los mismos porcentajes y condiciones de la masa coparticipable. Detrás del tecnicismo hay una disputa federal de fondo: el ATN es la caja discrecional con la que la Nación auxilia (o disciplina) a las provincias, y el proyecto la convertía en reparto automático. El Ejecutivo lo observó sosteniendo que el ATN es, por el Art. 5 — Coparticipacion Federal de Impuestos, un instrumento extraordinario y de aplicación discrecional destinado a atender desequilibrios financieros y emergencias provinciales; que automatizar su distribución eliminaría la de auxilio ágil ante catástrofes; y que alterar el régimen de coparticipación exige consenso federal y no una reforma unilateral del Congreso. La insistencia quedó trunca: el Senado insistió el 18 de septiembre de 2025 con holgura (59 votos contra 9, con 3 abstenciones), pero Diputados nunca completó el trámite. El veto quedó firme.

Objetivo

Impedir que el Fondo de Aportes del Tesoro Nacional se convierta en un fondo de distribución automática entre las provincias.

Problema que resuelve

Según el Ejecutivo, el ATN fue creado como instrumento extraordinario y discrecional para emergencias provinciales; convertirlo en reparto automático desnaturaliza su función y le quita a la Nación la herramienta de auxilio rápido.

A quiénes alcanza

Provincias y Ciudad Autónoma de Buenos AiresGobernadoresJefatura de Gabinete de MinistrosMinisterio de EconomíaCongreso de la Nación
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El proyecto observado vuelve al Congreso, que solo puede convertirlo en ley insistiendo con dos tercios en ambas cámaras.

Derechos que reconoce

  • El Congreso conserva la facultad de insistir con dos tercios y superar el veto.

Casos de uso

  • Entender por qué los ATN siguen siendo discrecionales.
  • Ver el conflicto Nación-provincias por la caja de los ATN.
  • Conocer los fundamentos del veto.

Preguntas frecuentes

El Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las provincias, creado por el Art. 3 — Coparticipacion Federal de Impuestos de Coparticipación. Se financia con el 1% de la masa coparticipable y, según el artículo 5° de esa ley, sirve para atender desequilibrios financieros y emergencias provinciales. En los hechos, el Poder Ejecutivo decide a qué provincia le da y a cuál no: por eso se lo describe como una caja discrecional.