Normas supletorias. En tanto no esté previsto en el o en las normas precedentes, se aplican a las prestaciones singulares las reglas de los contratos a las que ellas correspondan, que sean compatibles. CAPITULO 4 SECCION 1ª Disposiciones generales
Qué significa en la práctica
Establece el régimen de normas supletorias. En tanto no esté previsto en el o en las normas precedentes, se aplican a las prestaciones singulares las reglas de los contratos a las que ellas correspondan, que sean compatibles.
Efectos prácticos
•En la práctica, este artículo rige normas supletorias. En tanto no esté previsto en el contrato o en las normas precedentes, se aplican a las prestaciones singulares las reglas de los contratos a las que ellas correspondan, que sean compatibles.