Ley 24.430

Artículo 22Prohibición de la sedición

Texto oficial

El pueblo no delibera ni gobierna, sino por medio de sus representantes y autoridades creadas por esta Constitución. Toda fuerza armada o reunión de personas que se atribuya los derechos del pueblo y peticione a nombre de éste, comete de sedición.

Qué significa en la práctica

En el sistema representativo el pueblo gobierna a través de sus representantes elegidos, no directamente. Cualquier grupo armado o no que pretenda actuar "en nombre del pueblo" sin haber sido elegido comete sedición. Esto aplica tanto a golpes militares como a grupos civiles que pretendan usurpar el gobierno.

Ejemplo práctico

Un golpe militar que derroca al gobierno elegido y dice actuar "en nombre del pueblo" comete sedición según este artículo. Junto con el Art. 36 (reforma 1994) queda claro que esos actos son nulos y sus responsables inhábiles para cargos públicos.

Efectos prácticos

  • Las Fuerzas Armadas no pueden actuar políticamente invocando al pueblo
  • Solo las autoridades elegidas o creadas por la Constitución tienen legitimidad
  • Los golpes de Estado son constitucionalmente sedición
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